martes, 29 de enero de 2013

NOTICIAS CHILE


Seremi de Salud: 20% de locales nocturnos de Santiago presenta deficiencias de seguridad en caso de incendios

Luego del incendio que consumió la discoteca Kiss en Brasil y dejó al menos 231 muertos la madrugada del domingo, se desatan los cuestionamientos acerca de las precauciones que deben tomar en cuenta los locales nocturnos chilenos.
Las normas de seguridad necesarias para este tipo de recintos están establecidas en el código sanitario y el ente encargado de fiscalizar el cumplimiento de ellas es la Seremi de Salud. Estas normas incluyenprotección contra incendios, vías de evacuación, iluminación de emergencia, señalización, un plan de emergencia y una correcta determinación de la cantidad de personas que puede entrar al recinto. 

Suprema tras sentencia por Colonia Dignidad: "Es la culminación de una investigación larga con hechos graves"

El ministro de la Corte Suprema, Haroldo Brito, se refirió a la sentencia en contra de 20 ex miembros de Colonia Dignidad, de los cuales seis fueron condenados con pena efectiva por los delitos de abuso sexual, violación, negativa de entrega y sustracción de menores.
Al respecto dijo que esta es una sentencia de reemplazo a la que ya existía, porque"hay un cambio en los hechos que fueron motivo de una de las acusaciones al momento del fallo. Es la culminación de una investigación larga con hechos particularmente graves".
"Desde luego están los delitos sexuales en contra de menores algo particularmente fuerte, que queda esclarecido, responsabilidad fundamental de Paul Schäfer con la asistencia de algunos miembros de la colonia, que han sido condenados", sostuvo.

Corte de Apelaciones ordena entregar acceso parcial a contrato por Alto Maipo

La Corte de Apelaciones de Santiagodeterminó que la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) debe entregar partes del contrato suscrito entre las empresas Aguas Andinas y AES-Gener del denominado proyecto hidroeléctrico Alto Maipo.
 
En fallo unánime, los ministros de la Quinta Sala del tribunal de alzada,acogieron un recurso de reclamación presentado por parlamentarios y comunidades de la zona, en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia que había denegado el acceso al acuerdo.
 
La resolución de la Corte de Apelaciones determina que no existen motivos para mantener en reserva el acuerdo suscrito por Aguas Andinas y AES-Gener para el uso de aguas de la Laguna Negra y Laguna Lo Encañado, dado la trascendencia económica y social que reviste el recurso hidrológico para la Región Metropolitana.
 

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